Reclamación claúsulas suelo
La cláusula suelo en un préstamo hipotecario establece cual será el tipo mínimo de interés que se liquidará en las correspondientes cuotas hipotecarias independiente del interés marcado por el mercado.
Tendrá clausulas suelo en su hipoteca si en el contrato hipotecario consta que en ningún caso el tipo de interés podrá ser inferior a un tanto por ciento o bien, si el tipo de interés que figura en el último extracto bancario no es igual al Euribor más el tipo diferencial pactado con la entidad bancaria.
La Sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 21 de diciembre del 2016 ha fallado a favor de la retroactividad total de lo indebidamente cobrado por las clausulas suelos pudiendo solicitar a la entidad bancaría la devolución íntegra de las cantidades injustamente abonadas sobre la base de la cláusula suelo desde la fecha de la firma del contrato de préstamo hipotecario.
¿Quién puede reclamar? Todas aquellas personas que sean o hayan sido en el pasado titulares de un contrato de préstamo hipotecario que cumplan dos requisitos:
- Que incluyan o hayan incluido una clausula suelo
- Que el prestatario sea un CONSUMIDOR
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