El despacho profesional Gómez-Chaparro & Asociados lleva años siendo la punta de lanza en el ámbito del respeto institucional y educativo. Por las manos de sus profesionales han pasado numerosos casos de acoso escolar, bullying, negligencia educativa y trato desigual o vejatorio de los menores.
La educación es uno de los pilares básicos de todo sistema político y social, y las leyes y tribunales no pueden permanecer ahenos o pasivos antes las violaciones de los principios básicos de contucta, profesionalidad e igualdad de trato.
Numerosas Asociaciones de Padres de Alumnos y Sindicatos profesionales de docentes han reconocido el trabajo del despacho dirigido por el titular Don Fernando Gómez-Chaparro Díaz, y aunque muchos han sido los éxitos en la materia e incontables las horas de trabajo e investigación para desentramar los hechos acaecidos, cabe destacar dos: el más mediático (sentado un precedente jurisprudencial) y el más cercano en el tiempo.
La mayor condena europea de la historia
En Junio de 2009 y tras un arduo procedimiento, la Audiencia Provincial de Madrid condenaba en firme al Colegio Suizo de Madrid por acoso escolar con una indemnización por daños y perjuicios que ascendió a 30.000 euros. Un hecho sin precedentes que revocaba la previa desestimación de la Primera Instancia, y abría un nuevo camino y sensibilización social y jurídica en este ámbito.
Este fue un enorme éxito desde el punto de vista personal, humano y jurídico, suponiendo la mayor condena económica por este concepto en toda Europa. Organismos de contrastado prestigio como el defensor del menor y numerosos psicólogos infantiles apoyaron la citada sentencia, así como el loable trabajo llevado a cabo por Don Fernando Gómez-Chaparro y su equipo de expertos profesionales, que tuvieron que pasar innumerables trabas institucionales y presiones para sacar a la verdad una situación que desgraciadamente existe, pero suele ocultarse o encubrirse.
Numerosos medios de comunicación se hicieron eco de la noticia, el seguimiento del procedimiento y la definitiva sentencia que ponía fin al mismo sentado Jurisprudencia española y europea en la materia. Algunos de ellos se adjuntan como anexo de este dossier.
Gracias a esta sentencia en los últimos cinco años se han creado una inmensa cantidad de Protocolos de acoso escolar en las distintas Comunidades Autónomas, los cuales deben activarse ante el indicio o preocupación por parte de los padres o tutores de las vejaciones o maltratos que estén sufriendo los menores dentro del centro escolar.
Los centros escolares y las instituciones educativas no pueden ni deben dar la espalda a esta realidad social, luchar y combatir la indefensión cumpliendo con su deber in vigilando y fomentando una convivencia entra iguales de sus alumnos. Fallos judiciales como el arriba referido son un éxito social que promueve y unifica esta postura.
La primera condena a un colegio público en España
Muy recientemente, el 7 de enero del presente 2014, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 6 de Madrid volvía a dar la razón al despacho Gómez-Chaparro Abogados y a sus defendidos, condenando al Centro Público García Lorca y a la Comunidad de Madrid por un nuevo caso de acoso escolar.
Hablamos de un procedimiento especialmente arduo y complejo, puesto que las instituciones públicas tienen ciertas prerrogativas a la hora de ser juzgados, colo la obligación legal de tener que pasar por una vía administrativa previa necesaria y compleja para poder acudir luego a la justicia ordinaria.
En este caso el menor que sufrió acoso escolar se encontraba en un centro especial para personas con discapacidades motoras, por lo que la sobreprotección y cierta opacidad de sus decentes, organigrama y mecanismos de atención y docencia eran una traba extra a la hora de esclarecer los hechos acaecidos.
Tras casi tres años de duro trabajo probatorio en la vía administrativa y posteriormente ante los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo, el arriba citado Juzgado Nº 6 de la capital dictaba otra sentencia sin precedentes, condenando en firme al citado centro escolar y a los organismos públicos y aseguradores privadas de kas qye este dependía.
Una actuación de nuevo encomiable, valiente, profesional y certera en busca de esclarecer una verdad incómoda, como es el acoso escolar a un menor con discapacidad, que sueles quedarse en el olvido, o habitualmente matizaba con el abstracto concepto de trato entre iguales.
El acoso escolar es una situación real, que cuando cumple los requisitos legales y jurisprudenciales establecidos (ya de por sí estrictos y tasados) no puede quedarse en el olvido.
Todo ello queda perfectamente expuesto en la Sentencia emitida al respecto de este caso su señoría el Magistrado-Juez D. José María Abad Liceras, cuyo texto íntegro del fallo se incluye en este dossier, puesto que de nuevo ha sentado precedentes en cuanto a la forma, el fondo del asunto y el criterio para valorar estos complejos asuntos.
Todo el sistema educativo deber ser diligente en el control y erradicación de estas posturas. Si además, el centro en el ocurren y se prolongan las mismas en el tiempo tienen una titularidad pública, se refuerza aún más esta idea que se debe elevar a principio.
Defender y servir
Por todo lo aquí brevemente expuesto, desde el Despacho Profesional Gómez-Chaparro & Asociados nos sentimos orgullosos de poder contribuir a la erradicación paulatina de un problema que durante décadas ha permanecido en el olvido social, pero ha torcido y taimado las vidas de muchos menores y sus familias.
La educación es un elemento fundamental de toda estructura social y como tal debe no sólo impartir conocimientos culturales y técnicos, sino también de igualdad, ayuda, respeto y cuidado entre los menores. Los docentes y el propio centro deben luchar por esa igualdad y estas sentencias que han sentado Jurisprudencia abren una nueva vía para que así sea.